Habilitación de Consultorios

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NORMATIVAS PARA INSPECCIÓN Y HABILITACION DE CONSULTORIO NIVEL I (BAJO RIESGO)

 

CIRCULAR DEL CONSEJO DIRECTIVO

 

            El Consejo Directivo informa que a partir de la fecha 04 de Julio de 2017, el Ministerio de Salud Pública de la Provincia bajo disposición de Expte. 283167/14- Código 321, autoriza al  Colegio de Fisioterapeutas, Kinesiólogos y Terapistas Físicos de la provincia de Salta, a realizar las habilitaciones e inspecciones de control periódicas de los consultorios individuales, debiendo para ello cumplimentar los requisitos mínimos establecidos por el (P.N.G.C.A.M) Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Medica.

            El consultorio que se encuentre en condiciones de funcionar para la actividad correspondiente el colegio emitirá constancia autorizando su funcionamiento y el informe de habilitación será remitido a (PROFICCSSA) Programa de Fiscalización y Control de Calidad de los Servicios de Salud, para toma de razón.

            Una vez de contar con todo lo requerido,  tanto, en papeles como estructura  edilicia, los interesados presentaran toda la  documentación pertinente al Colegio de Fisioterapeutas, Kinesiólogos y Terapistas Físicos de la provincia de Salta.

            Cualquier tipo de trámite solicitado tendrá un costo por parte del profesional; acorde a:

 

1) ARANCEL DE INSPECCION

            El valor de 3 cuotas societarias en concepto de ARANCEL DE INSPECCION del domicilio laboral declarado. Lo cual estará distribuido entre gastos administrativos y el pago al auditor responsable. Las inspecciones se realizaran dentro de los horarios declarados, sin previo aviso. De no encontrarse el profesional en el momento de la inspección, el mismo será notificado y se procederá a una nueva visita.  Luego de esta ultima, si no se pudo concretar se deberá abonar nuevamente el arancel.

2) ARANCEL POR INCORPORACION DE UN PROFESIONAL

            El valor de 1 (una) cuota societaria en concepto de ARANCEL DE INCORPORACION, que deberá abonar en efectivo, contraentrega de recibo correspondiente.

            El profesional responsable del consultorio y/o Servicio Fisiokinésico deberá presentar una declaración jurada con los datos solicitados para la incorporación del o los profesional/les. Y se otorgara un nuevo certificado de habilitación con la nómina completa de todos los profesionales que allí trabajen.

3) ARANCEL POR DUPLICADO

            El costo es el 50% del arancel de inspección en concepto de ARANCEL POR DUPLICADO, que deberá abonar en efectivo, contraentrega de recibo correspondiente.

            El profesional responsable del consultorio y/o Servicio Fisiokinésico deberá presentar una nota solicitando la emisión del mismo.

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

     Se recuerda que para iniciar este trámite el profesional deberá estar al día en el pago de cuotas societarias y/o cuotas de matriculación.-

- Llenar en forma completa solicitud de inspección para la acreditación, conforme modelo.

- Croquis descriptivo del local destinados a la kinesiología: consignar cantidad de ambientes,  sala de espera, sanitarios, gimnasio, etc., y las dimensiones de cada uno de ellos (ambientes).

- Llenar en forma completa declaración Jurada de aparatología, conforme modelo.

- Llenar de forma completa la declaración jurada de los horarios de atención, conforme modelo.

PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

            Una vez reunida toda la documentación exigida debe presentarla en Sede del Colegio a los fines de dar inicio al proceso de habilitación del consultorio.

REQUISITOS PARA LA ACREDITACION DE CONSULTORIO

            Los profesionales matriculados en el Colegio de Fisioterapeutas, Kinesiólogos y Terapistas Físicos de la Provincia de Salta, creado por Ley 7032, ejercerán las prácticas a las que los autoriza la citada ley, en Consultorio.

     La solicitud de acreditación de consultorio donde se ejerza la kinesiología deberá formalizarse mediante nota suscripta por profesional matriculado, dirigida al presidente del Colegio de Fisioterapeutas, Kinesiólogos y Terapistas Físicos de la Provincia de Salta.

         El Consultorio destinado al ejercicio de la Kinesiología deberá contar con:

  • Documentación
  • Fácil accesibilidad.
  • Características de construcción.
  • Placa identificatoria en la entrada, y título universitario a la vista.
  • Sala de espera.
  • Espacio físico destinado a la actividad asistencial o gabinete propiamente dicho.
  • Servicios sanitarios.
  • Buena iluminación natural y artificial.
  • Buena ventilación y calefacción.
  • Equipamiento mínimo específico del gabinete (Según inclinación terapéutica).
  • Equipamiento para el gimnasio propiamente dicho (según inclinación terapéutica).
  • Protección y seguridad.
  • Seguros.

A-DOCUMENTACION

            Cada profesional deberá presentar una carpeta que contenga la siguiente documentación:

  • D.N.I. (Fotocopia).
  • Título profesional. (fotocopia).
  • Credencial Profesional. (fotocopia).
  • Certificado de matrícula habilitante y de ética profesional del responsable del consultorio y de los otros profesionales  kinesiólogos que trabajan en dicho consultorio (Actualizado).
  • CUIT de cada profesional kinésico que trabaja en dicho consultorio.
  • Inscripción en la Superintendencia de los Servicios de Salud. (Verificar que no esté vencido).
  • Seguro de mala praxis (Actualizado).
  • Certificado de habilitación para el uso de los equipos de laser (dicha habilitación se tramita en PROFICCSA).
  • Informe tecnico de Electricidad, en relacion al cumplimiento de las normas vigentes firmado por profesional matriculados.
  • Fotocopia de escritura, comodato y contrato de alquiler del inmueble donde funciona el consultorio.
  • Constancia de inscripción en AFIP y rentas.
  • Seguro de responsabilidad Civil del establecimiento (opcional).
  • Seguro de  mala praxis de cada uno de los profesionales kinésico que trabajan en el consultorio (obligatorio).
  • Certificado de service de ascensor (Fotocopia).
  • En caso de ser sociedad, contrato social (Fotocopia).

            Asimismo cada profesional deberá contar en sus respectivos consultorios:

    • Historia clínica o ficha kinésica, de sus pacientes.
    • Consentimiento informado, de sus pacientes.
    • Planillas de turnos (si lo hace por turnos).
    • Planilla de asistencia de los pacientes.

BFACIL ACCESIBILIDAD 

            La accesibilidad al edificio destinado al consultorio debe permitir el fácil acceso de los pacientes, evitando los pisos de ripiosa, veredas en mal estado, césped, etc.

            Los accesos deben ser:

  •  a nivel,
  • o con pocos escalones,
  •  o con ascensor. Cuando el diseño contemple ascensores, el ancho debe garantizar el libre acceso y maniobrabilidad de las personas en sillas de ruedas.
  • En caso de que el acceso al edificio se haga mediante puertas giratorias, torniquetes o similares, que dificulten el tránsito de las personas en sillas de rueda u otros dispositivos de marcha se deberá disponer de un acceso alterno que les facilite su ingreso.
  • Acceso por rampa, de ser necesario.
  • Las puertas y pasillo deberán tener como mínimo un ancho de 0,80 cm.

C- CARACTERISTICAS DE CONSTRUCCION

            Pisos antideslizantes, lavables, impermeables y de material ignífugo.

            Instalaciones que aseguren el abastecimiento adecuado y continuo de electricidad y fluidos.

            Paredes de superficies lavables lisas, sin molduras, aislantes y resistentes al fuego (Ej.:mamposteria de durlock, material de construcción y otros). Si las mismas son de madera u otro material inflamable deberán estar pintadas con pintura ignífuga y acompañadas por un certificado extendido por el pintor que la realizo, detallando el tratamiento efectuado. Sabiendo que a futuro las mismas deberán ser reemplazadas por las primeras (Ej.: durlokc).

            Los cielorrasos deben ser de superficies lisas y resistentes al fuego, (no se permiten cielorrasos ni de madera, ni telgopor).

            Los pisos de madera, no deben tener cámara aérea entre la madera y el piso propiamente dicho.

 

D- PLACA IDENTIFICATORIA EN LA ENTRADA, Y TITULO UNVERSITARIO A LA VISTA 

            Así mismo el título universitario de él/ o los profesionales, que trabajaren en el mismo, sean exhibidos a la vista. En caso de no cumplir con este requisito, se procederá a la no habilitación del consultorio.

            Cada consultorio de rehabilitación fisiokinésica debe contar con placa identificatoria en el acceso al edificio donde estará declarado el nombre, apellido y número de matrícula  (M.P.) del o los profesional/es que allí trabaja/n.

            Asimismo  es obligatorio que el  Título universitario del o los profesionales, que trabajaren en dicho consultorio, se encuentre/n a la vista.

 

E- SALA DE ESPERA

            Deberá contar con una superficie mínima de cuatro (4) metros cuadrados.
Las paredes o divisorios deberán asegurar el aislamiento visual y acústico respecto del gabinete propiamente dicho.

            Poseerá acceso directo del exterior (o común en el caso de que se trate de propiedad horizontal) y comunicación directa con el consultorio propiamente dicho o lugares de tránsito al mismo. Deberá poseer asientos suficientes para la espera de atención.

 

F- ESPACO FISICO DESTINADO A LA ACTIVIDAD  ASISTENCIAL O GABINETE PROPIAMENTE DICHO

            Contará con una superficie mínima de nueve (9) metros cuadrados.
El consultorio que tuviese más de una camilla de trabajo, las mismas deberán estar separadas por tabiques de mampostería u otro material adecuado, que aseguren la privacidad del paciente.

            Estas divisiones tendrán como medidas mínimas dos (2) metros de largo por un metro con cincuenta (1.50) de ancho, con conveniente iluminación (natural o artificial) en la zona de trabajo y adecuadas condiciones de ventilación y/o renovación de aire (natural/forzada).

            Los pisos serán de material resistente al uso, antideslizantes, fácilmente lavables (impermeables/impermeabilizados) que permitan el uso de germicidas.

            Las paredes serán cubiertas con pintura o revestimientos lavables, en toda su extensión.

            Las puertas y paredes no serán transparentes y asegurarán la separación de ambientes.

            Los cielorrasos asegurarán adecuadas condiciones anti-humedad e incombustibilidad.

            El Consultorio propiamente dicho tendrá comunicación directa con la sala de espera o lugares de tránsito hacia la misma.

            Si bien las medidas MINIMAS serán de 1,5 por 2 mts. se deberá tomar en cuenta las medidas reales de las camillas y de las mesas donde se colocan los aparatos, existentes en cada box.

 

G- SERVICIOS SANITARIOS


El Consultorio a habilitar deberá poseer por lo menos un (1) baño cuyas medidas e instalaciones sean cómodas para los pacientes.

            Con respecto a los consultorios con inclinación terapéutica NEUROLOGICA deberá contar por lo menos con un baño que facilite el ingreso de las personas en sillas de rueda u otros dispositivos de marcha. Así también se deberán disponer de accesos con puertas y pasillos que deberán tener como mínimo un ancho de 0,90 cm.

            Se accederá al mismo directamente desde la sala de espera, exceptuándose de esta norma aquellos Consultorios que se habiliten formando parte de establecimiento asistencial o funcionen como consultorios externos de los mismos.

 

H- BUENA ILUMINACION NATURAL Y ARTIFICIAL.

 

I- BUENA VENTILACION Y CALEFACCION

 

J-EQUIPAMIENTO PARA EL CONSULTORIO PROPIAMENTE DICHO

            La solicitud de acreditación de consultorios o establecimientos donde se ejerza la Kinesiología deberá acompañarse de una declaración jurada, suscripta por quien se desempeñará como Director técnico o responsable, donde se detallará la aparatología que posean. Contará asimismo con:

- Camilla/s forrada/s en cuerina.

- Escritorio y silla.

- Aparatología, acorde a la inclinación terapéutica: La cantidad de aparatos deben ser lo suficiente como para cubrir la demanda de acuerdo a la cantidad de gabinetes existentes en el consultorio.

 

K- EQUIPAMIENTO PARA EL GIMNASIO PROPIAMENTE DICHO.

            El mismo contará con una superficie total cubierta de, por lo menos, nueve (9) metros cuadrados, con aceptables condiciones de iluminación (natural o artificial) y ventilación. Los pisos serán lavables y de material antideslizante. El acceso al mismo se hará a través de circulación cerrada. La ubicación del gimnasio no debe encontrarse muy alejado de los espacios destinados a los gabinetes.

            Los gabinetes y/o gimnasios previstos en la presente normatización, podrán instalarse formando parte de un edificio, aun cuando las restantes unidades estén dedicadas a viviendas familiares, siempre a condición de que las unidades destinadas a las actividades de la Kinesiología, posean libre acceso desde la vía pública y cuente su respectivo sanitario.

             Con respecto a los consultorios destinados a la Rehabilitación TRAUMATOLOGICA, el gimnasio es obligatorio.-

* Mesa de tratamiento o camilla.

* Barras paralelas de altura graduable o espaldar sueco.

* Bolsa de arena, pesas, mancuernas, rolos, pelotas.

* Espejo.

* Colchoneta forrada en cuerina.

* Bicicleta, etc.

            Dejase expresamente establecido que los gabinetes, gimnasios o establecimientos no podrán contar con instrumental que corresponda, en forma exclusiva, a prácticas de otras profesiones del arte de curar, salvo aquellos establecimientos multidisciplinarios, dedicados a la rehabilitación. En estos casos, en oportunidad de solicitar la habilitación, en los términos del presente, deberá denunciarse tal circunstancia.

 

L-PROTECION Y SEGURIDAD

            En resguardo de la seguridad del profesional y el público en general, se recomienda contar con matafuegos tipo ABC, en número ajustado a las dimensiones del servicio.

            Asimismo se contará con un tablero con llaves térmicas con descarga a tierra y un disyuntor con capacidad suficiente para proteger toda la línea de tomacorrientes donde se han de enchufar los aparatos.

            De la misma manera es importante la presencia de luces y botiquín de emergencia.

            Informe técnico de Electricidad, en relación al cumplimiento de las normas vigentes firmado por profesional matriculado.

 

M-SEGUROS

            Seguro de mala praxis (Actualizado).

            Seguro de responsabilidad civil comprensiva.

 

DIRECCIÓN TECNICA

            La Dirección Técnica de los Establecimientos donde se ejerza la Kinesiología, en los términos de la Ley 7032., como actividad principal o integrando una Unidad de Servicio de un Establecimiento Asistencial, estará a cargo de un Kinesiólogo, licenciado en Kinesiología, fisioterapeuta, terapista físico, kinesiólogo Fisiatra, o licenciado en Kinesiología y Fisiatría, con título universitario otorgado por la Universidad Nacional o Privada autorizada, matriculado en el Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de Salta, acreditando, certificación mediante, que su matrícula se haya vigente y que no está comprendido por las inhabilitaciones establecidas por la Ley Nº 7032 para el ejercicio de la profesión.

            Sin perjuicio del cumplimiento del requisito del párrafo anterior y en oportunidad de solicitar la habilitación pertinente, deberá denunciarse el listado de profesionales de la salud que se desempeñarán en el gabinete o establecimiento, cumpliendo en dicha oportunidad con el mismo requisito.         

 

PENALIDAD

            Las transgresiones a la presente reglamentación serán sancionadas conforme lo determina la Ley Nº 7032, Código Penal y leyes que rijan la materia.

 

APARATOLOGIA ACORDE A LA INCLINACION TERAPEUTICA DESARROLLADA

            La aparatología detallada a continuación es la mínima necesaria para el inicio de la actividad profesional en un consultorio.

TRAUMATOLOGIA

-Generador de calor.

-Ultrasonido.

-Aparato de Electroestimulación.

Cantidad de equipos acorde al número de box y  el  gimnasio (obligatorio).

RESPIRATORIO

-Estetoscopio.

-Nebulizador.

-Aspirador.

-Elementos para ejercicios respiratorios.

NEUROLOGIA

-Espacio mínimo de 3 mts por 2 mts.

-Camilla para neurología o colchonetas.

-Elementos acorde a la técnica empleada. (kabat, Bobath, RPG). Cantidad de equipamiento acorde al número de profesionales.

-Baño adaptado para sillas de ruedas y otros elementos de marcha.

            Aquellos consultorios que requieran ser habilitados como GENERALISTAS deberán cumplir con todos los requisitos mínimos citados para cada área.

            Todo profesional que cuente con una Especialidad reconocida por el Ministerio de Salud Publica de la nación, deberá presentar la certificación en el Colegio adjunta a la ficha para inspección para habilitación. 

            Ante cualquier duda comunicarse con el Colegio de Kinesiólogos, Fisioterapeutas y Terapistas Físicos de Salta – 0387-4311001.

 

 

 

 

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